Incendio
El seguro por daños, regulado en el Artículo 10 del Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, es obligatorio para todas las viviendas que cuenten con hipoteca.
Cubre tan solo en caso de incendio o ante daños por elementos naturales y se realiza por el valor catastral del inmueble. Es el mínimo, el seguro de hogar básico.
Los Seguros Multirriesgos recopilan todas las coberturas en una sola póliza. Te protegemos frente a los daños físicos. Cubrimos el coste de reparación o la reposición de los bienes por los daños que pueda sufrir tu hogar.
Garantizamos la indemnización por cualquier daño material en las instalaciones comerciales o mercantiles de la empresa, puede haber determinadas excepciones a negociar con el seguro.
Este tipo de seguro está generalmente dirigido a empresas de cierto volumen. La cobertura habitual comprende al continente y/o al Contenido.
El Seguro Todo Riesgo es aconsejable para las grandes empresas y empresas medianas que quieren asumir una retención de las posibles pérdidas.